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PRESTACIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD DE LOS AUTÓNOMOS
NOV 2010

La Ley 32/2010, que por primera vez establece un sistema de protección para los trabajadores autónomos que cesen en su actividad de manera no voluntaria.

PERIODO COTIZADO DURACIÓN DE LA PRESTACIÓN
   12 a 17 meses         2 meses
   18 a 23 meses         3 meses
   24 a 29 meses         4 meses
   30 a 35 meses         5 meses
   36 a 42 meses         6 meses
   43 a 47 meses         8 meses
  48 meses o más       12 meses

Quien desee cotizar para tener derecho a esta prestación, con los requisitos que la Ley establece, ha de solicitar en la Tesorería de la Seguridad Social que la misma Mutua en la que tiene cubiertas las contingencias comunes realice la cobertura de las contingencias profesionales y la prestación por cese de actividad.

 La cuantía de la prestación será el 70% de la base reguladora por la que se hubiera cotizado, con los límites máximos y mínimos legalmente establecidos.

Hasta el 30 de junio de 2011 está abierto un plazo especial para quienes no estén cotizando ya para estas coberturas y deseen hacerlo. 

ACCESO AL FORMULARIO DE SOLICITUD EN LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

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